Gutiérrez y Riquero, Bonifacio (1809-1882)

Ministro de Hacienda:

riquero Del 24 de julio al 30 de octubre de 1849.

Del 14 de mayo al 26 de junio de 1850.

 

Nacido en la ciudad de Oaxaca, ahí realizó sus estudios, tiempo después se trasladó a México, donde efectuó trabajos vinculados con el comercio y sería empleado de Hacienda. Ocupó el cargo de regidor del Ayuntamiento de México (1838). Santa Anna lo nombró jefe de Hacienda del Departamento de Chihuahua (1841) y organizó ahí las oficinas hacendarias adquiriendo fama por su rectitud y honorabilidad; fue administrador en la aduana de San Blas (1846), así como en la aduana fronteriza del Presidio del Norte (1848), hoy Ciudad Juárez. Más tarde fue comisario en Durango. El secretario de Hacienda, Francisco de Paula Arrangoiz, lo designó ministro tesorero (30 de abril de 1849) y en ese año fue electo senador, designación a la que renunció.

Fue responsable del Ministerio de Hacienda, puesto que abandonó por no haber logrado remediar la situación económica nacional, a pesar de haber contado con la indemnización pagada por los Estados Unidos con motivo de la guerra. En 1850 ocupó por segunda ocasión el puesto de ministro de Hacienda, pero se da cuenta que la cuestión hacendaria es cada día más difícil, por lo que renuncia el 27 de junio de ese año, regresando a ocupar su cargo de Tesorero.[1] A fines de este año se le designa miembro de la Junta de Crédito Público.

En Tehuantepec representó a la compañía Sloo (1853). Luego le fue encomendada la aduana de La Ventosa, Tehuantepec (1857), asimismo fue designado administrador de Correos (1857) y durante el Segundo Imperio participó como consejero de Estado. Posteriormente fue agente de la compañía neoyorquina de seguros «La Equitativa» (1873). Murió en la ciudad de México.



    [1] “El mismo escribe sobre la situación diciendo que: «Faltando recursos hasta para los gastos más precisos, y el Gobierno no tiene arbitrio para proveer a la necesidad … Si no se atiende a la frontera con medidas extraordinarias, si no se restablecen los impuestos indicados de una manera prudente, sino se decretan los derechos difenciales atendida la calidad de la bandera, si no se modifican los aranceles marítimos y organizan las aduanas de cabotaje y los contraresguardos terrestres y si por último no se arregla la deuda pública y reforma a las oficinas, y, todo esto pronto, instantáneamente el erario concluye, porque los males se hacen de más difícil, mejor dicho, de imposible remedio». Ibid.